Jugando en corto: Abusos de hecho y de derecho
La terrible lentitud de la Justicia, provocada por el aumento de la judicialización y la complejidad creciente de los casos, está provocando que resulten favorecidos, de forma cada vez más alarmante, quienes recurren a la vía de los hechos consumados para otorgarse ventajas, invadir el derecho de otros (incluído el disfrute social), causar daños y perjuicios al vecino, comunero o copropietario abusando de su tolerancia o ignorancia del derecho, apropiarse ladinamente de lo fue propiedad comunal o afectar con ruidos, cargas, servidumbres, molestias y riesgos a quien vive pacífico.
Los más fuertes económicamente, han acelerado la vía de tomar posiciones de opresión y ventaja sobre los más débiles, abusando de la posición dominante que les da el que el alto coste de los procesos jurídicos que pudieran entablarse puede hacer desistir a priori a los que tienen que subsistir con escasos medios. El matón surge así, con fuerza, en los planteamientos jurídicos, como una figura de nuevo cuño que es difícil de combatir.
Aquellos que disponen de la posibilidad de contar con profesionales de derecho con más recursos, mejores cualificaciones, o más fama jurídica, echan mano creciente de la sensación de impunidad que les da contar con el tiempo a su favor y la posibilidad de que los jueces les den la razón, agobiados por la parafernalia de seudoargumentos legales y jurídicos, acumulándose una variopinta jurisprudencia que permite alimentar la peligrosa sospecha de que cualquiera puede ver consolidada su sinrazón por una sentencia favorable.
Una posición diferente, pero que se entremezcla con esa apreciación, surge de la aplicación de los términos del abuso del derecho. En una sociedad en la que el respeto al otro pierde fuerza, adquiere validez la precisión de una Audiencia Provincial que indica, para aviso de navegantes:
“Lo prescrito en el C. Civil más que un abuso del derecho es un abuso en el ejercicio del mismo, lógica restricción al durante siglos omnímodo e indiscutible principio ''qui iure sue utitur neminen leadit'', que los términos abuso o ejercicio antisocial empleado en los mismos, aun cuando ofrezcan diferencias sutiles o de matiz que carecen por regla general de trascendencia práctica, son clara muestra de la reprobación por parte del legislador hacia aquellas conductas que bajo una aparente acomodación de la norma disimulan o encubren, bien una arbitrariedad, bien una extralimitación; clara consecuencia de ello es que siendo el Derecho positivo forma o expresión normativa de la vida social dirigida a la mejor y más pacífica consecución del bien común, a través de la prescripción del ejercicio antisocial del mismo se está prohibiendo, y en su caso sancionando, todos aquellos actos o conductas que impliquen o conlleven actuación abusiva del mismo, lo que conduce a que quien de esta forma origine un daño o perjuicio venga obligado a repararlo".
Si a los abusos de hecho sumamos los de derecho, la barca frágil de la convivencia pacífica, que debería estar conducida por el respeto a los demás, con consideración especial hacia los más débiles, se va hundiendo cada vez más, agujereada por el desprecio. En esa barca, sin embargo, vamos todos.
4 comentarios
Luis -
Administrador del blog -
Siempre me ha parecido que las cosas tienen su momento: hay que opinar cuando se espera o necesita que expongamos nuestro criterio; hay que decir a una mujer -o a un hombre- me gustas cuando eres joven; hay que dar un paso adelante cuando se necesitan voluntarios, no cuando el peligro ha pasado; hay que...
Luis -
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