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El blog de Angel Arias

A sotavento: Comentarios al Proyecto de Ley del Estatuto Básico del Empleado Público

El pasado 8 de septiembre, La Mesa de la Cámara del Congreso de Diputados español encomendó a la Comisión de Administraciones públicas aprobar el Estatuto Básico del Empleado Público que, como proyecto de Ley, se somete ahora a un período de enmiendas que terminará el 26 de septiembre de 2006. El texto completo puede encontrarse en el Núm. 94-1 del BO de las Cortes Generales de ese día, págs. 1 a 37.

El Estatuto viene a llenar el hueco legislativo abierto desde la Constitución del 78, cuyo art. 103.3. establecía que "la ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos". La Ley de Funcionarios Civiles del Estado, de 1964 y la Ley de Bases 109/63, aunque modificadas parcialmente por diversas reformas legales (entre ellas la Ley 30/1984 de Medidas para la Reforma de la Función Pública), permanecía como el referente final, dentro de un maremagnum legislativo al que estamos acostumbrados en este país, tanto por el afán legiferante y regulador, como por la multiplicidad de autoridades competentes y la dificultad de consensuar entre partidos. En 1999, como es sabido, el PP intentó tramitar un Proyecto de Ley con el mismo fin, y el propósito reventó por varios costados.

He leído el documento, consciente del gran interés e influencia que poseerá para un colectivo numeroso de trabajadores. Pero también, preocupado por ver si respondía al deseo de muchos ciudadanos de contar realmente con una Administración pública motivada, diligente, moderna y que, aunque provista de la imprescindible autoridad para el correcto ejercicio de sus funciones relativas con el control general, no apareciese refugiada en sus privilegios, algunos tan injustificados como antiestéticos.

Quise por ello, buscar en el documento las líneas de conexión entre la sociedad civil y el funcionariado, como elementos que se alimentan recíprocamente, aunque no se pueda dejar de tener presente que es la sociedad plural y democrática la que decide, en última instancia, lo que quiere hacer y cómo desea que se controle, cuando delega el control, la eficacia de sus mandatos.

En este primer comunicado, me voy a referir a dos aspectos que no encuentro suficientemente tratados en el Estatuto, y que considero fundamentales: la posibilidad de incorporar profesionales provenientes de la experiencia privada a la función pública, y la deontología de los funcionarios.

El proceso de selección de funcionarios que, en todas sus formas -ya sean Administraciones centrales o locales, Universidades u Hospitales-, se ha consolidado en la sociedad española, por democrática que la adjetivemos, con una buena dosis de nepotismo, endogamia, proselitismo, favoreciendo una valoración curricular muy específica, destinada a favorecer la incorporación de candidatos formados en los grupos de poder internos. Eso es así, y no puede ser rebatido más que con la presentación de concretas estadísticas de los currícula, genealogía, ideolgía e interrelaciones entre funcionarios. Como no las hay, yo me guío por mi apreciación personal y mi conocimiento, sin duda sesgado pero afirmo que desapasionado, de la situación.

Me parece que un Estatuto de la Función Pública moderna debiera reconocer la experiencia profesional de los candidatos, tratando de sustituir las pruebas concursales por las de valoración de méritos. En primer lugar, no puedo entender que si la reforma universitaria ha servido para generar una proliferación de títulos y especialidades, no se haya aprovechado la oportunidad para reconocer créditos curriculares de acuerdo con las disciplinas seguidas en las diferentes carreras, ya sean de máster o de grado.

No se puede admitir que la propia Administración pública no quiera reconocer el valor de la formación universitaria, obligando a los aspirantes a funcionarios a estudiar un par de centenares de temas, antes de encomendarles cometidos específicos que, en general, poco o nada tendrán que ver con esos programas.

¿No sería mejor, en fin, apoyar la creación de una Escuela Superior de la Función Pública, obligando a todos los que quieran ser funcionarios de carrera a pasar por ella? ¿No se podría reconocer, de acuerdo con la formación universitaria previa de los aspirantes, distintos créditos? ¿Da lo mismo estar licenciado en Derecho o en Economía que en Geología o Historia del Arte?. O, en otro orden de cosas, pero en la misma dirección, ¿Por qué se siguen planteando sistemáticos problemas de competencia entre las ingenierías -pongo por caso- a la hora de cubrir las vacantes públicas? ¿Ha de seguir utilizándose la valoración de la formación universitaria, tan obsoleta, como único baremo de calidad?

Me parece interesante, además, que los funcionarios puedan pasar a la empresa privada para conseguir mas experiencia, sin necesidad de perder su condición,  y, por supuesto, que la experiencia conseguida en la empresa privada sea tenida por mérito. Igualmente, es importante profundizar en la posibilidad de que los funcionarios puedan cumplir misiones en otras Administraciones por necesidades generales, definidas a través de acuerdo entre las mismas, estableciendo escalas de méritos por esas misiones especiales.

Es igualmente imprescindible el nombramiento de una Comisión de Control de la Deontología, con objetivos y formas de actuación claras, y que tenga la capacidad para emitir informes de compatibilidad, vinculantes y eximentes de responsabilidad para el funcionario que haya seguido sus dictados. La fijación de un período suficientemente largo (al menos, de cinco años) para aquellas personas que hayan tenido responsabilidades públicas de alto nivel, debiera suponer una garantía de incompatibilidad entre las funciones de responsabilidad y control públicos y la actividad privada, de forma que la información conseguida por el alto funcionario en lo que debe redundar en beneficio de todos, no sea utilizado de forma particular.

Pero también comprendo la posibilidad de mantener por un período limitado la compatibilidad entre la actividad pública y la dedicación del funcionario a la creación o apoyo a una empresa en un sector que nada tenga que ver con su responsabilidad pública, siemrpe que disponga de la correspondiente autorización para una dedicación parcial a esa actividad particular.

Me hubiera gustado, en fin, ver en el Estatuto Básico del Empleado Público un deseo de mayor participación de los agentes sociales en la definición de sus actividades, en su control, selección y promoción. Lo que no me impide reconocer que se ha hecho un gran esfuerzo -con los habituales vicios de técnica legislativa de dedicar demasiado espacio a las razones y fundamentos, algunos de los cuales no se reflejan en el articulado, de repetir innecesariamente principios generales o normas en el articulado, sin remitirse a las leyes originales y, en fin, dejar abierta, con fórmulas "en blanco", la interpretación de algunas cuestiones (entre otras, la definición de daño grave, la valoración de las faltas leves, etc).

Volveré con más detalle sobre el Proyecto de Ley en los próximos días.

2 comentarios

Administrador del Blog -

Gran razón te asiste, en mi opinión, Enrique, porque esa situación que reflejas implica una paradoja: para entrar, se exige una determinada experiencia, pero una vez que se entra en el sistema, se ha hecho tabula rasa del fondo de comercio profesional del candidato. Empieza desde cero.

En mis historias de Linkweak hago una referencia sarcástica a esta situación: Mi personaje (con 53 años) entra como junior A en la empresa, después de superar un complejo proceso sicotécnico, y haber sido escogido por su experiencia específica para el trabajo. Pero solo va ascendiendo en relación con la valoración que hace de su desempeño un grupo directivo de brillantes MBAs, que hablan prácticamente solo en inglés y no tienen mucha idea del objeto social de la empresa.

Linkweak triunfa entre aquellos jóvenes que podrían ser sus hijos, hasta alcanzar la brillante categoría de Jefe de División (la misma que tenía en su otra empresa, antes de ser despedido), y es despedido de nuevo fulminantemente cuando los "reguladores del Sistema" se dan cuenta de que Linkweak ha formado un subgrupo de eficacia en la empresa.

Claro que se trata de un cómic, y su parecido con la realidad es mera coincidencia.

Enrique -

Respecto al reconocimiento de la experiencia, conozco una empresa pública en la que para los concursos valoran los años de experiencia para darte máss o menos puntos, pero una vez que entras, NO TIENES EXPERIENCIA.

Por tanto, eso es algo que también debería ser revisado puesto que si ha servido para posicionar mejor al candidato, también debería ser reconocido adecuadamente una vez dentro.